Presentacion Autoliquidacion Complementaria de la Renta
Una vez presentada la autoliquidación complementaria, la Administración Tributaria la revisará y realizará el correspondiente cálculo de la posible deuda o devolución a favor del contribuyente. En caso de que se determine una cantidad a abonar, ésta deberá ser ingresada en el plazo indicado por la Agencia Tributaria para no incurrir en recargos por impago. Si, por el contrario, se determina una devolución, ésta será abonada en la cuenta bancaria indicada por el contribuyente en el momento de presentar la autoliquidación complementaria de la renta.
TRÁMITES EXTRANJERÍA
Consulta del Expediente de Extranjería por Número de Expediente
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, por móvil con el servicio SMS y por Consulta del Expediente de Extranjería por NIE.
Consulta del Expediente de Extranjería por NIE
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Formularios de Extranjeria
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