Penetracion con Piercing
En el ámbito fiscal, los piercings genitales no son reconocidos como un gasto deducible en el IRPF. Esto se debe a que, según el artículo 29 de la Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, solo se pueden desgravar los gastos destinados a mejorar las condiciones de salud de la persona o de sus dependientes. Al no ser considerado un tratamiento médico, la penetración con piercing no entra dentro de esta categoría y, por lo tanto, no puede ser restado de la base imponible del impuesto.
SITIOS WEB
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
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