ingresos integros integramente computables

Los ingresos integros integramente computables son aquellos que deben ser incluidos en la base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España. Estos ingresos se refieren principalmente a las rentas obtenidas por los contribuyentes en el ejercicio de su actividad laboral, empresarial o profesional, así como otras rentas como intereses, dividendos, alquileres, entre otros.

Entre los ingresos que forman parte de los integros integramente computables se encuentran los salarios y sueldos, las retribuciones en especie (como viviendas o vehículos proporcionados por la empresa), las gratificaciones, los honorarios profesionales, así como cualquier otro tipo de remuneración obtenida por la prestación de servicios.

En resumen, los ingresos integros integramente computables son todos aquellos que se obtienen durante el año fiscal y que no están exentos por la ley, por lo que deben ser declarados y ser objeto de tributación en la declaración de la renta. Es importante tener en cuenta que existen ciertos límites y deducciones que pueden aplicarse a estos ingresos para reducir la base imponible y, por lo tanto, el importe del impuesto a pagar.

SITIOS WEB

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.mpt.gob.es

El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

TRÁMITES RELACIONADOS


Trámites relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *