IMPUTACIÓN DE RENTAS INMOBILIARIA GRAVA O DESGRAVA

En el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España, la imputación de rentas inmobiliarias se refiere al tratamiento fiscal de las propiedades o inmuebles que un contribuyente posee, ya sea como propietario o como usufructuario.

Sin embargo, en el caso de que la propiedad no genere una renta efectiva, es decir, que no se alquile ni se utilice para actividades económicas, el contribuyente igualmente debe declarar una imputación de rentas inmobiliarias, que se calcula en función del valor catastral del inmueble y de su ubicación geográfica.

Por otro lado, también existen casos en los que ciertas rentas inmobiliarias pueden estar exentas de imputación, como es el caso de los alquileres de vivienda habitual y las propiedades afectas a actividades económicas. En estos casos, la renta obtenida no se considerará como imputación de rentas inmobiliarias, sino que tributará en función de las normas específicas de cada situación.

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