Hijos O Descendientes Menores de 25 en La.declaracion

En la declaración de la renta en España, existen beneficios fiscales para aquellos contribuyentes que tengan hijos o descendientes menores de 25 años. Estos beneficios se encuentran regulados en el Artículo 58 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

1. Que conviva con el contribuyente más de la mitad del año.

Para aplicar esta deducción, es necesario que el contribuyente tenga derecho a la aplicación del mínimo por descendientes en su declaración. Además, si el hijo cumple con los requisitos pero no es incluido en la declaración del contribuyente, este podrá solicitar que se le devuelva la cantidad correspondiente a la deducción a través de una solicitud de rectificación.

En resumen, tener hijos o descendientes menores de 25 años puede suponer un beneficio fiscal en la declaración de la renta, siempre y cuando se cumplan con los requisitos exigidos. Es importante consultar con un experto en IRPF para conocer todas las deducciones aplicables en cada caso concreto y así obtener un mayor ahorro en la declaración de la renta.

SITIOS WEB

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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