Gastos Sepelio Aeat Renta
En primer lugar, los gastos de sepelio deben estar relacionados directamente con el fallecimiento del contribuyente, es decir, si la persona fallecida no era el titular del IRPF, los gastos no podrán ser deducidos.
Es importante mencionar que la deducción por gastos de sepelio está limitada a un importe máximo establecido por la AEAT, que en 2021 es de 1.500 euros por cada fallecido. Es decir, si los gastos superan esta cantidad, solo se podrá deducir hasta ese límite.
En resumen, los gastos de sepelio son deducibles en la declaración de la renta siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la AEAT. Por ello, es importante guardar los justificantes de los gastos para poder incluirlos en la declaración y obtener la correspondiente deducción.
SITIOS WEB
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
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