gastos de formacion deduccion IS 2013

Los gastos de formación pueden ser deducibles del Impuesto sobre Sociedades (IS) en España siempre y cuando cumplan con los requisitos legales establecidos. En este sentido, los gastos de formación deducibles deben estar relacionados directamente con la actividad económica de la empresa y haber sido incurridos en la formación de los trabajadores.

1. La formación debe estar dirigida a cualificar al trabajador para el ejercicio de su actividad laboral. Esto significa que la formación debe ser específica y necesaria para el desempeño de las funciones que desempeña el trabajador en la empresa. Además, la formación debe ser acreditada mediante un certificado emitido por una entidad pública o privada.

3. Los gastos de formación deben estar debidamente contabilizados y registrados en la contabilidad de la empresa. Además, deben ser pagados dentro del ejercicio fiscal en el cual se pretende hacer la deducción.

En conclusión, los gastos de formación pueden ser deducibles en el Impuesto sobre Sociedades siempre y cuando cumplan con los requisitos legales establecidos. Es importante que las empresas estén al tanto de estas deducciones, ya que pueden ser una manera de incentivar a los trabajadores y mejorar su cualificación, al mismo tiempo que se obtiene un beneficio fiscal para la empresa.

TRÁMITES RELACIONADOS


Trámites relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *