ganancia patrimonial aeat
En el marco del IRPF, existen dos tipos de ganancias patrimoniales: las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de bienes y derechos y las ganancias patrimoniales no derivadas de la transmisión de bienes y derechos. En el primer caso, se considera ganancia patrimonial todas aquellas rentas o beneficios obtenidos por la venta de un bien o derecho, mientras que en el segundo caso se incluyen todas aquellas rentas o beneficios que no provienen de la venta de un bien o derecho, como por ejemplo la obtención de dividendos o intereses.
En definitiva, la AEAT se encarga de velar por el correcto tratamiento de las ganancias patrimoniales en España, asegurándose de que los contribuyentes declaren todas sus rentas obtenidas en el año fiscal y cumplan con sus obligaciones tributarias correspondientes.
SITIOS WEB
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
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