exonerados a declarar modelo 347
También están exentos de presentar el modelo 347 aquellos contribuyentes que hayan realizado operaciones exclusivamente con clientes o proveedores situados en el extranjero, siempre y cuando el importe total de esas operaciones no supere los 75.000 euros. Además, los sujetos que hayan realizado operaciones con entidades sin fines lucrativos, como asociaciones, fundaciones o colegios, tampoco están obligados a presentar este modelo.
SITIOS WEB
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
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