ESCRITO SOLICITANDO DEVOLUCION IRPF POR HEREDEROS

En primer lugar, cabe destacar que el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) es uno de los impuestos más importantes en España, ya que grava la renta obtenida por las personas a lo largo del año. Por tanto, cuando una persona fallece, sus herederos deben encargarse de presentar la declaración de IRPF correspondiente a ese año, así como solicitar la devolución de aquellas cantidades que el difunto haya pagado en concepto de IRPF.

En este escrito, los herederos deben indicar sus datos personales, así como los datos del difunto y su número de identificación fiscal. También deberán adjuntar la documentación que acredite la condición de herederos y el vínculo con el fallecido, como puede ser el certificado de defunción y el testamento.

Una vez presentada la solicitud de devolución, la Administración tendrá un plazo de seis meses para comprobar la documentación aportada y proceder al pago de la devolución correspondiente. En caso de que la solicitud sea denegada, los herederos tienen la posibilidad de interponer un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.mpt.gob.es

El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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