el borrador del año 2013
Una vez recibido el borrador, el contribuyente tiene la posibilidad de revisarlo y realizar las modificaciones que considere oportunas antes de confirmarlo. En caso de estar conforme con los datos, solo tendrá que confirmarlo de manera telemática o presentarlo en la oficina de la Agencia Tributaria correspondiente. En caso contrario, tendrá que presentar una declaración de forma ordinaria, confeccionando todos los datos fiscales y las deducciones aplicables por sí mismo.
SITIOS WEB
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
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