DEFINICIÓN DE CENTRO DE TRABAJO ITINERANTE
Para que un lugar pueda considerarse centro de trabajo itinerante, deben cumplirse una serie de requisitos. En primer lugar, debe tratarse de un lugar donde el trabajador lleve a cabo su actividad de forma habitual y regular pero de forma temporal y no continuada. Además, no podrá ser un lugar de residencia del trabajador o de su familia.
En resumen, el centro de trabajo itinerante se define como aquel lugar donde un trabajador presta sus servicios de forma periódica pero no permanente, cumpliendo una serie de requisitos establecidos en la normativa fiscal. Su consideración puede tener implicaciones en la tributación del trabajador, ya que le permite deducir ciertos gastos relacionados con su actividad laboral itinerante.
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