Deduccion por Gastos en Defensa Juridica

La deducción por gastos en defensa jurídica es un beneficio fiscal que está incluido en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España. Esta deducción permite a los contribuyentes que hayan incurrido en gastos por defensa jurídica, ya sea en un proceso judicial o extrajudicial, poder deducirlos en su declaración de impuestos.

Entre los gastos que se pueden deducir se encuentran los honorarios de abogados y procuradores, así como otros gastos derivados de la defensa en un proceso judicial o extrajudicial, como pueden ser los costes de notificaciones o peritajes. Sin embargo, no se podrán deducir los gastos si el contribuyente ha recibido una indemnización por parte del contrario para cubrirlos.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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