CUOTA RESULTANTE DECLARACION RENTA
Una vez aplicados todos estos cálculos, se llega a la cuota resultante, que puede ser positiva, en el caso de que el contribuyente tenga que pagar impuestos, o negativa, si le corresponde una devolución por haber pagado más impuestos de los que le correspondían. Esta cuota resultante es la que finalmente se incluirá en la declaración de la renta y que el contribuyente deberá abonar o recibir de Hacienda. Es importante mencionar que en el caso de tener una cuota negativa por recibir una devolución, esta solo se realizará si se ha solicitado previamente, ya que no se hace de forma automática.
SITIOS WEB
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
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