Consulta Vinculante Aeat Estimacion Objetiva

La Consulta Vinculante Aeat Estimacion Objetiva es un procedimiento por el cual los contribuyentes pueden solicitar a la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) una opinión sobre la aplicación del régimen de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). Esta consulta tiene como objetivo aclarar dudas o interpretaciones sobre la normativa fiscal aplicable en situaciones concretas.

La Consulta Vinculante Aeat Estimacion Objetiva puede solicitarse de forma presencial, a través del sistema de presentación telemática o por correo postal. Una vez presentada, la AEAT emite una opinión vinculante en un plazo máximo de seis meses. Esta opinión podrá cumplirse de forma inmediata, incluso antes de la presentación de la declaración de IRPF, siempre y cuando el contribuyente informe a la Administración Tributaria de dicha situación en el momento de la presentación de la declaración. En caso contrario, la opinión tendrá efectos para la liquidación del impuesto correspondiente al ejercicio en curso o en futuros ejercicios. En cualquier caso, la opinión vinculante no tendrá eficacia retroactiva, es decir, no afectará a liquidaciones ya realizadas y cerradas.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

TRÁMITES RELACIONADOS


Trámites relacionados

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *