COMPROBACION DE ESTAR CENSADO EN LA AEAT

La comprobación de estar censado en la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es un trámite obligatorio para todos los ciudadanos que estén sujetos a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España.

La comprobación de estar censado en la AEAT se realiza a través del llamado “censo de obligados tributarios”, que es un registro donde se incluye a todas las personas que están obligadas a realizar la declaración del IRPF. A través de este censo, la AEAT tiene un control sobre todos los contribuyentes y puede verificar si están cumpliendo con sus obligaciones fiscales.

En caso de no estar censado o de haber algún error en los datos, es posible solicitar la rectificación o inclusión en el censo correspondiente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que la ausencia del contribuyente en el censo no lo exime de cumplir con sus obligaciones fiscales, por lo que es necesario regularizar su situación lo antes posible.

TRÁMITES EXTRANJERÍA

Autorización de Regreso

La autorización de regreso es el documento que autoriza a los ciudadanos extranjeros residentes en España a salir del territorio español y poder regresar de nuevo en un período máximo de 90 días.

Tasas de Extranjeria

Tasas de Extranjería. Puedes rellenar, descargar e imprimir las Tasas de Extranjería a través de los sitios web www.mpt.es y www.mpt.gob.es.

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