Centro de Trabajo Intinerante
Para poder acogerse al régimen de Centro de Trabajo Itinerante, es necesario cumplir una serie de requisitos, como tener un domicilio fiscal en España, realizar actividades de manera habitual y en diferentes lugares, y no estar dados de alta en el régimen de trabajadores autónomos. Además, este régimen es compatible con la facturación a través de la figura de trabajador autónomo dependiente (TRADE).
SITIOS WEB
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
TRÁMITES RELACIONADOS
