CASILLA 50
Por lo tanto, si un residente en España ha obtenido ingresos en otro país durante el mismo año fiscal, deberá incluirlos en la casilla 50 de su declaración de IRPF. Allí deberá detallar los ingresos obtenidos en el extranjero, el país donde fueron obtenidos, el tipo impositivo aplicado y el importe pagado.
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