cambiar domicilio fiscal en el borrador
El trámite para cambiar el domicilio fiscal en el borrador del IRPF puede hacerse de manera presencial en una oficina de la Agencia Tributaria, de forma online a través de la sede electrónica o incluyéndolo en el apartado correspondiente del borrador de la declaración de la renta.
Es importante destacar que el domicilio fiscal registrado en el borrador del IRPF debe coincidir con el que figura en el Padrón Municipal. Por lo tanto, es necesario actualizar ambas direcciones en caso de cambio de residencia para evitar posibles inconvenientes en futuras gestiones fiscales. Además, es obligatorio comunicar cualquier cambio de domicilio en un plazo de tres meses desde la fecha en que se produjo la modificación.
SITIOS WEB
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
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