BORRADOR CONJUNTO
El borrador conjunto se puede solicitar de forma telemática a través de la página web de la Agencia Tributaria o de manera presencial en las oficinas de la misma. Sin embargo, es importante revisar detalladamente la información contenida en el borrador antes de confirmarlo, ya que en caso de detectar algún error o discrepancia es responsabilidad del contribuyente corregirlo antes de presentar la declaración definitiva. En caso de no estar de acuerdo con los datos recogidos en el borrador, se puede optar por realizar la declaración de forma individual.
SITIOS WEB
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
TRÁMITES RELACIONADOS

