Boe Devolucion de Iva para Ceuta, Melilla y Canarias

El BOE (Boletín Oficial del Estado) ha publicado recientemente una normativa que regula la devolución del IVA (Impuesto sobre el Valor Añadido) a las compras realizadas en Ceuta, Melilla y Canarias. Esta medida supone un importante cambio en la fiscalidad de estas regiones, que hasta ahora no podían beneficiarse de la devolución del IVA al igual que el resto de la península y Baleares.

La medida, que entrará en vigor a partir del 1 de enero de 2018, establece que los residentes de estas regiones podrán solicitar la devolución del IVA de sus compras en las compras realizadas dentro del territorio español. Para ello, deberán aportar la documentación que acredite su residencia en Ceuta, Melilla o Canarias y el importe correspondiente de las compras realizadas. Esta medida supone un importante beneficio para los ciudadanos de estas zonas, que a partir de ahora podrán recuperar una parte del IVA que hasta ahora no podían deducir.

SITIOS WEB

www.mpt.gob.es

El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

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