(Arts. 86.1, 2.º y 3.º Párrafos, del Reglamento).

El Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en su artículo 86.1 establece una serie de normas para determinar el importe a retener en concepto de IRPF en los pagos que se realicen a personas físicas. Esta retención se realiza en el momento del pago y tiene como objetivo avanzar en el cobro del impuesto correspondiente a la declaración de la renta del año en curso.

En segundo lugar, en el artículo 86.2 del Reglamento se establece una serie de excepciones en las que no se aplicará la retención en la fuente, como es el caso de las indemnizaciones por despido o las prestaciones de la Seguridad Social, entre otros. Estas excepciones se aplicarán siempre y cuando se cumplan ciertos requisitos establecidos por la normativa, como por ejemplo, que el importe sea el adecuado y proporcionado a las circunstancias del caso.

En conclusión, en el artículo 86 del Reglamento del IRPF se establecen las normas para determinar el importe a retener en la fuente en los pagos a personas físicas, incluyendo las excepciones y situaciones especiales en las que no se aplicará o se podrá reducir la retención. Estas reglas deben ser tenidas en cuenta por los pagadores a la hora de realizar los pagos y también por los perceptores para planificar su situación fiscal.

CITA PREVIA

Cita Previa DNI

El Ministerio del Interior ofrece un servicio integral para solicitar cita previa para renovar DNI y pasaporte desde el enlace www.citapreviadnie.es

Cita para la Huella

Cita para la Huella. A la hora de renovar tus papeles para el permiso de residencia deberás pedir cita para huella en tu Oficina de extranjería más cercana.

Cita Previa Extranjería

CITA PREVIA EXTRANJERÍA. Con el fin de llevar a cabo los trámites relacionados con permiso de residencia o expediente de extranjería deberás pedir cita previa en tu oficina de extranjería.

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