Artículo 120.3 de la Ley General Tributaria
De esta forma, el artículo 120.3 de la LGT trata de garantizar un cierto grado de seguridad y estabilidad en las relaciones entre el contribuyente y la Administración tributaria, evitando que se puedan realizar revisiones o reclamaciones de cantidades pasados varios años desde la presentación de la autoliquidación. No obstante, es importante tener en cuenta que este plazo no se aplica en casos de fraude, ocultación de ingresos o incumplimiento de obligaciones formales por parte del contribuyente, ya que en estos casos no existe prescripción y la Administración puede realizar las actuaciones necesarias en cualquier momento.
SITIOS WEB
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
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