art 97.6 ley irpf 2006

El artículo 97.6 de la Ley de Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de España hace referencia a la tributación de las prestaciones por maternidad y paternidad.

Esta exención se aplica tanto a las prestaciones por maternidad y paternidad disfrutadas por trabajadores por cuenta ajena como por cuenta propia. Además, no se establecen límites de edad para los hijos a cargo, por lo que la exención se aplica tanto a hijos menores como mayores de edad que se encuentren en situación de dependencia.

En resumen, el artículo 97.6 de la Ley IRPF establece la exención de tributación en el impuesto sobre la renta de las prestaciones por maternidad y paternidad otorgadas por la Seguridad Social, con el objetivo de proteger a las familias y promover la conciliación laboral y familiar.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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