art 97.6 ley irpf 2006

El artículo 97.6 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) de 2006 establece una serie de condiciones en las que los rendimientos del trabajo obtenidos por no residentes en España pueden estar sujetos a tributación en este país.

Sin embargo, la ley contempla algunas excepciones a esta obligación de tributar en España por los rendimientos del trabajo obtenidos por no residentes. Por ejemplo, se excluyen de la tributación los ingresos derivados de actividades laborales que se realicen en España en representación de un empleador establecido en otro Estado miembro de la Unión Europea o en un país con el que exista un convenio para evitar la doble imposición.

En resumen, el artículo 97.6 de la Ley del IRPF de 2006 regula la tributación de los rendimientos del trabajo obtenidos por no residentes en España, estableciendo condiciones y excepciones para la obligación de pagar impuestos en nuestro país. Es importante tener en cuenta estas disposiciones en caso de trabajar en España siendo residente en otro país.

CITA PREVIA

Cita Previa Pasaporte

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Cita Previa Extranjería

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