aportacion no dineraria no genera ganancia patrimonial
Sin embargo, es importante tener en cuenta que se deben cumplir ciertos requisitos para que esta aportación no genere ganancia patrimonial. En primer lugar, los bienes o derechos aportados deben tener un valor económico real y deben ser susceptibles de valoración. Además, el interesado debe obtener una participación en la sociedad equivalente al valor de los bienes aportados. Por ejemplo, si se aporta un inmueble valorado en 100.000 euros, el interesado deberá obtener una participación en la sociedad por ese mismo importe.
En definitiva, la aportación no dineraria en el IRPF de España es una operación que no genera una ganancia patrimonial sujeta a tributación, siempre y cuando se cumplan los requisitos establecidos por la normativa fiscal. Esta medida tiene como objetivo fomentar la inversión en las empresas y promover su crecimiento a través de la aportación de bienes o derechos en lugar de dinero en efectivo.
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