Ampliaciones Plazo Articulo 91

Las llamadas «Ampliaciones Plazo Articulo 91» hacen referencia a la posibilidad de que los contribuyentes puedan solicitar una ampliación del plazo para presentar su declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en España, en virtud del artículo 91 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.

El procedimiento para solicitar esta ampliación debe realizarse por escrito, a través de una solicitud dirigida a la Administración Tributaria competente, en la que se indiquen las causas que motivan la petición, así como la documentación que se adjunta para acreditar dichas circunstancias excepcionales.

En caso de que la ampliación sea concedida, normalmente se establece un nuevo plazo para la presentación de la declaración del IRPF, el cual puede variar en función de la gravedad de la situación, pero no puede superar los seis meses a contar desde la fecha de finalización del plazo original.

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