Amortizacion Excaso Valor

La «Amortización Excaso Valor» es una figura fiscal que permite a los contribuyentes deducir de su base imponible del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) la amortización de bienes de escaso valor utilizados en actividades económicas. Se entiende por bien de escaso valor aquellos activos fijos tangibles que no superan los 300 euros en su valor de adquisición.

La deducción por amortización de bienes de escaso valor se realiza de manera directa en la declaración de la renta del contribuyente, reduciendo el importe de la base imponible y por tanto, disminuyendo el impuesto a pagar. Sin embargo, es importante tener en cuenta que esta deducción no puede superar el importe de los rendimientos netos de la actividad económica, es decir, no se puede utilizar para crear un saldo negativo en la declaración.

– Ser necesario para el desarrollo de la actividad económica.

– No haber sido usado con anterioridad por el contribuyente.

– No formar parte del inmovilizado material de la empresa.

– Haber sido adquirido e incorporado a la actividad económica dentro del ejercicio en el que se pretende aplicar la deducción.

TRÁMITES EXTRANJERÍA

Formularios de Extranjeria

Accede a descargar, rellenar y imprimir los Formularios de Extranjería y modelos de solicitud para presentar expedientes de Extranjería en las Oficinas de Extranjeros.

Autorización de Regreso

La autorización de regreso es el documento que autoriza a los ciudadanos extranjeros residentes en España a salir del territorio español y poder regresar de nuevo en un período máximo de 90 días.

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