alquiler posterior enero 2011
En caso de que el alquiler se haya pagado durante el mes de enero de 2011 pero el contrato no esté registrado, no se podrá deducir el gasto en la declaración del IRPF correspondiente al ejercicio fiscal de 2011. Sin embargo, este pago sí podrá ser deducido en la declaración del año siguiente, siempre y cuando el contrato se registre a tiempo. Por lo tanto, es importante que tanto el inquilino como el propietario cumplan con sus obligaciones fiscales para poder obtener los beneficios fiscales correspondientes al alquiler de una vivienda. En definitiva, el alquiler posterior enero 2011 debe ser tenido en cuenta en la declaración del IRPF para poder obtener las deducciones correspondientes a este gasto en la vivienda.
TRÁMITES EXTRANJERÍA
Consulta del Expediente de Extranjería por Número de Expediente
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, por móvil con el servicio SMS y por Consulta del Expediente de Extranjería por NIE.
Consulta del Expediente de Extranjería por NIE
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por Número de Expediente y por NIE.
Tasas de Extranjeria
Tasas de Extranjería. Puedes rellenar, descargar e imprimir las Tasas de Extranjería a través de los sitios web www.mpt.es y www.mpt.gob.es.
TRÁMITES RELACIONADOS

