Acreditación de la Representación (Artículo 51.3.c Rgr).

La Acreditación de la Representación (Artículo 51.3.c Rgr) es un procedimiento por el cual una persona puede ser reconocida como representante de otra para realizar trámites y gestiones en su nombre ante la Agencia Tributaria de España.

La acreditación de la representación puede realizarse mediante poder notarial, documento privado con firma legitimada, comparecencia ante la Agencia Tributaria o mediante una comunicación dirigida a la entidad con firma autentificada. Esta acreditación debe contener la identificación de ambas partes (representante y representado), así como la descripción de las facultades otorgadas al representante.

En resumen, la acreditación de la representación es un mecanismo establecido por el reglamento de la Agencia Tributaria para garantizar que las gestiones y trámites realizados en nombre de otra persona o entidad sean efectuados por un representante debidamente autorizado y reconocido por el representado.

TRÁMITES EXTRANJERÍA

Formularios de Extranjeria

Accede a descargar, rellenar y imprimir los Formularios de Extranjería y modelos de solicitud para presentar expedientes de Extranjería en las Oficinas de Extranjeros.

Autorización de Regreso

La autorización de regreso es el documento que autoriza a los ciudadanos extranjeros residentes en España a salir del territorio español y poder regresar de nuevo en un período máximo de 90 días.

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