es deducible el alquiler en la declaración de 2014

En la declaración de IRPF del año 2014, el alquiler de vivienda puede ser deducible bajo ciertas condiciones. La Ley del IRPF establece que los contribuyentes residentes en España podrán deducir hasta el 10,05% de las cantidades satisfechas en el ejercicio por alquiler de su vivienda habitual, siempre y cuando se cumplan una serie de requisitos.

Por otro lado, la vivienda debe ser la residencia habitual del arrendatario y debe estar ubicada en territorio español. Además, el importe máximo deducible será de 9.040 euros anuales, independientemente del importe real del alquiler. Si el importe satisfecho supera esta cantidad, el exceso no será deducible en la declaración de IRPF.

En conclusión, el alquiler de vivienda puede ser deducible en la declaración de 2014 siempre y cuando se cumplan los requisitos mencionados anteriormente. Es importante revisar el contrato de alquiler y tenerlo registrado en la AEAT, así como asegurarse de que la vivienda es la residencia habitual y no se supera el límite de deducción establecido por la ley.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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