Compensacion Conyuges Articulo 97.6

La Compensación Conyuges Articulo 97.6 es un beneficio fiscal en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) que se aplica en casos de separación o divorcio en los que uno de los cónyuges ha dejado de percibir ingresos debido a la dedicación al cuidado de los hijos o a las tareas del hogar mientras el otro cónyuge seguía trabajando.

En otras palabras, si uno de los cónyuges recibe una pensión compensatoria por su trabajo no remunerado durante la relación matrimonial, ésta no se incluirá en su declaración de la renta como un ingreso, lo que reduce su carga fiscal. Además, al no ser considerada como un ingreso, tampoco se le aplicarán las retenciones correspondientes.

En definitiva, la Compensación Conyuges Articulo 97.6 es una medida que busca reconocer y valorar el trabajo no remunerado de uno de los cónyuges durante la relación matrimonial y que puede suponer un gran alivio en su carga fiscal en caso de separación o divorcio.

SITIOS WEB

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

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