tributación 2014 regimen especial para trabajadores desplazados a territorio español
Para poder acogerse a este régimen especial, el trabajador desplazado debe cumplir ciertos requisitos, como tener su residencia fiscal en un país con el que España tenga un convenio de doble imposición, tener una estancia continuada en España de al menos 183 días en un año natural y estar contratado por una empresa no residente en España o una sucursal de una empresa extranjera. Además, es necesario que el trabajador no sea titular de una participación superior al 25% en el capital social de la empresa que lo contrata.
SITIOS WEB
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
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