Liquidación Provisional de Oficio
La AEAT puede realizar una liquidación provisional de oficio en cualquier momento durante los cinco años siguientes a la finalización del plazo de presentación de la declaración del impuesto. Además, el contribuyente puede presentar alegaciones o aportar más información en un plazo de 10 días hábiles desde la notificación de la liquidación provisional, y en caso de no estar de acuerdo con esta, puede presentar un recurso de reposición o una reclamación económico-administrativa.
SITIOS WEB
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
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