ayuda de 100 euros
Para poder acceder a esta ayuda, no era necesario realizar ningún trámite adicional, ya que se incluía en la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) del ejercicio fiscal correspondiente. Además, no fue necesario devolverla en caso de superar los límites de renta en futuras declaraciones.
SITIOS WEB
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
