RENTAS IMPUTADAS DE INMUEBLES URBANOS
La forma de calcular las rentas imputadas varía según la situación del inmueble. En el caso de la vivienda habitual del contribuyente, se toma como base imponible el 2% del valor catastral del inmueble, que es la valoración fiscal que establece la Administración para cada propiedad. Sin embargo, en el caso de los inmuebles vacíos o destinados al alquiler, la base imponible se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor catastral (3% para alquileres y 1,1% para inmuebles vacíos) y deduciendo los gastos relacionados con el inmueble (IBI, seguros, comunidad, entre otros).
En resumen, las rentas imputadas de inmuebles urbanos son un aspecto importante a tener en cuenta en la declaración del IRPF en España, ya que pueden suponer un aumento en la carga impositiva para los contribuyentes propietarios de inmuebles. Por ello, es importante estar al tanto de las normativas y excepciones relacionadas con esta figura para poder realizar una declaración correcta y obtener una liquidación justa.
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