Como Se Paga Rentas Inmobiliarias en Cordoba

En España, el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) es el principal impuesto que grava la obtención de rentas inmobiliarias. En el caso de Cordoba, al igual que en el resto del país, las rentas inmobiliarias se clasifican en dos categorías: las rentas imputadas y las rentas derivadas de la propiedad.

En el caso de las rentas imputadas, la base imponible se calcula aplicando un porcentaje sobre el valor catastral del inmueble, que puede ser del 1,1% o del 2%, dependiendo de si el valor catastral ha sido revisado en los últimos 10 años. Una vez se tiene la base imponible, se aplica el tipo impositivo correspondiente (que oscila entre el 19% y el 23% en la actualidad) para determinar la cuota a pagar.

En definitiva, en Cordoba (y en el resto de España), las rentas inmobiliarias están sujetas a una tributación similar a la del resto de rentas que se obtienen por otros conceptos. Sin embargo, es importante tener en cuenta las diferencias entre rentas imputadas y rentas derivadas de la propiedad, así como las posibles deducciones y tipos impositivos correspondientes, para poder realizar una correcta declaración y evitar posibles sanciones por parte de Hacienda.

TRÁMITES EXTRANJERÍA

Tasas de Extranjeria

Tasas de Extranjería. Puedes rellenar, descargar e imprimir las Tasas de Extranjería a través de los sitios web www.mpt.es y www.mpt.gob.es.

Autorización de Regreso

La autorización de regreso es el documento que autoriza a los ciudadanos extranjeros residentes en España a salir del territorio español y poder regresar de nuevo en un período máximo de 90 días.

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