pagar IVA pendiente año 2012 autoliquidacion o liquidacion

En el año 2012, se llevó a cabo una importante reforma fiscal en España que afectó a la Tributación sobre el Valor Añadido (IVA). Este cambio tuvo un impacto significativo en la forma en que las empresas y los autónomos declaraban y pagaban el IVA. Por lo tanto, es posible que existan casos en los que todavía se deba pagar el IVA pendiente correspondiente al año 2012.

En el año 2012, debido a la mencionada reforma fiscal, se establecieron nuevos tipos impositivos de IVA y se modificaron algunos regímenes especiales. También se implantó el llamado «sistema de Suministro Inmediato de Información» (SII) que obliga a las empresas a presentar de forma electrónica información sobre sus operaciones en tiempo real. Todo esto puede haber dado lugar a errores en las declaraciones de IVA tanto en la autoliquidación como en la liquidación.

SITIOS WEB

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El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

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