estan obligadas a retener irpf las fundaciones

En España, las fundaciones son sujetos pasivos del IRPF y están obligadas a retener el impuesto a sus empleados, siempre y cuando se generen rentas sujetas a este impuesto. En este sentido, las fundaciones tienen las mismas obligaciones fiscales que cualquier otra entidad que desarrolle una actividad económica.

No obstante, si la fundación realiza actividades económicas que generen rentas sujetas a IRPF, como por ejemplo la realización de actividades mercantiles, sí estarán obligadas a retener IRPF a sus empleados en la misma forma y cuantía que cualquier otra entidad que realice estas actividades.

En conclusión, las fundaciones en España están obligadas a retener IRPF a sus empleados en el caso de que realicen actividades económicas sujetas a este impuesto. Sin embargo, debido a su naturaleza sin fines de lucro, estas situaciones se dan de forma excepcional y la mayoría de las fundaciones no tienen esta obligación. En caso de duda, es siempre recomendable consultar con un experto en esta materia para conocer las obligaciones fiscales específicas de cada fundación.

SITIOS WEB

www.map.es

Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

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