OPCIÓN DE TRIBUTACIÓN DEL BORRADOR
Al elegir la opción de tributación del borrador, el contribuyente acepta los datos proporcionados por la Agencia Tributaria y no tiene que rellenar manualmente su declaración de IRPF. Sin embargo, antes de confirmar el borrador, es importante revisar que todos los datos sean correctos y completar o corregir cualquier información que sea necesaria.
Es importante tener en cuenta que la opción de tributación del borrador no es obligatoria y que los contribuyentes siempre tienen la opción de presentar su declaración de IRPF de forma tradicional, rellenando cada uno de los apartados de la misma. Además, si después de presentar la declaración con el borrador se detectan errores o información incompleta, el contribuyente tiene la posibilidad de realizar una declaración complementaria para corregirlos.
SITIOS WEB
www.minhap.es
La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
www.mjusticia.es
El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es
TRÁMITES RELACIONADOS
