irpf correspondiente a melilla

El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) en Melilla se rige por las mismas normativas que en el resto de España, reguladas en la Ley 35/2006. Este impuesto grava la renta de los ciudadanos que residen en Melilla, independientemente de su nacionalidad.

Por otro lado, Melilla cuenta con una exención en el IRPF para los residentes en la ciudad que trabajen en empresas situadas en Ceuta, Marruecos o en otras plazas o lugares extranjeros no comunitarios, siempre y cuando cumplan los requisitos establecidos por la ley, como estar empadronado en Melilla y realizar un mínimo de 183 días al año en su puesto de trabajo. Además, las personas que trabajen en Ceuta, Marruecos o en plazas extranjeras no comunitarias podrán deducir las retenciones de impuestos que hayan pagado en dichos lugares del impuesto que deben pagar en Melilla.

SITIOS WEB

www.mjusticia.es

El Ministerio de Justicia ofrece una completa información sobre la actividad del Ministerio y sobre los trámites judiciales más frecuentes a través de su sitio web www.mjusticia.es

www.minhap.es

La antigua web de Mpt.es es ahora accesible desde Minhap.es Con los cambios en el Gobierno han habido cambios en la mayoría de Ministerios y por consiguiente en el Ministerio de Hacienda que ha renovado su acceso a través de www.minhap.es o www.minhap.gob.es

www.mpt.es

Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es

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