quién está exento de presentar el modelo 347
Otra exención relevante se refiere a las operaciones realizadas con personas físicas que no actúen como empresarios o profesionales. En este caso, no será necesario presentar el modelo 347 si el importe total de las operaciones realizadas con estas personas no supera los 100.000 euros durante el año anterior.
En resumen, están exentos de presentar el modelo 347 aquellos contribuyentes que hayan realizado operaciones por debajo de los límites establecidos en las diferentes situaciones mencionadas anteriormente. Sin embargo, es importante tener en cuenta que aunque no sea necesario presentar la declaración, es obligatorio mantener la documentación adecuada que justifique la exención ante una posible inspección de Hacienda.
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