rentas derivadas de bienes inmuebles no afectos a actividades economicas
Para determinar el importe que debe incluirse en la declaración del IRPF, se restarán de los ingresos obtenidos los gastos necesarios para la obtención de dichas rentas. Entre estos gastos se encuentran los intereses de préstamos hipotecarios destinados a la adquisición o mejora del inmueble, los impuestos y tasas relacionados con el inmueble, los gastos de mantenimiento y conservación, y las cantidades destinadas a cubrir posibles reparaciones.
En conclusión, las rentas derivadas de bienes inmuebles no afectos a actividades económicas son un tipo de rendimiento del capital inmobiliario en el IRPF que deben ser declaradas y se calculan deduciendo los gastos necesarios para su obtención. Estas rentas suponen una importante fuente de ingresos para muchos contribuyentes, por lo que es fundamental conocer adecuadamente su tratamiento fiscal.
SITIOS WEB
www.mpt.es
Accede a la Información de la Secretaría de Estado de Administraciones Públicas a través de su sitio web www.mpt.es
www.mpt.gob.es
El sitio web www.mpt.gob.es también accesible desde www.mpt.es recopila toda la información referentes a Extranjería y Sede Electrónica.
www.map.es
Map.es te ofrece la posibilidad de consultar el estado de tu Expediente de Extranjería a través de su sitio web, SMS, por número de expediente y por NIE. Al acceder al sitio web es conveniente que tengas los datos de tu expediente a mano.
TRÁMITES RELACIONADOS

