Este trámite sirve para las parejas que estén de acuerdo en finalizar su estado de cónyuges. Este trámite permitirá al matrimonio disolverse siempre y cuando sean mayores de edad y hayan estado más un año casados y no tengan hijos en común.
Los pasos a seguir para realizar el divorcio administrativo.
- El interesado o el representante debe acudir a la oficina del Juzgado o bien a la oficina central del Registro Civil. También puede realizar una llamada al Centro de Atención Telefónica 91 79 67 00 solicitando los requisitos para la realización de su trámite.
- Una vez que el solicitante reúne los requisitos y documentación, se presenta en la oficina del RegistroCivil, a solicitar el trámite.
- En la oficina reciben y revisan su documentación si esta completa y correcta, registran en Libro de Gobierno la solicitud, entregan al usuario el Acta correspondiente.
Dato importante.
El régimen patrimonial debe ser liquidación de bienes o en todo caso liquidar la sociedad conyugal si bajo ese régimen contrajeron matrimonio.
Lo primero y más básico para realizar el trámite deberás rellenar los formularios RC-02 y RC-03. Una vez completado los formularios los requisitos son los siguientes.
- Solicitud debidamente requisitada.
- Copia certificada del acta de matrimonio de reciente expedición siempre y cuando sea menor a un año.
- Declaración por escrito, bajo protesta de decir verdad, de no haber procreado hijos durante el matrimonio, o teniéndolos, sean mayores de edad y no sean acreedores alimentarios, comprobando de manera fehaciente dicha circunstancia.
- Manifestación expresa y bajo protesta de decir verdad, que la divorciante no está embarazada, o constancia médica que acredite que ha sido sometida a intervención quirúrgica que la imposibilite definitivamente para procrear hijos.
- Comprobante del domicilio declarado por los divorciantes, ha de ser menor de seis meses.
- Convenio de liquidación de la sociedad conyugal si bajo ese régimen se casaron, efectuado ante autoridad jurisdiccional competente o Notario Público.
- En el caso, de que los solicitantes no hayan obtenido bienes, derechos, cargas u obligaciones susceptibles de liquidación lo manifestarán bajo protesta de decir verdad, bastará con su manifestación firmada y ratificada ante el Juez.
- En su caso, documento público mediante el cual se acredite la personalidad del o los mandatarios.
- Identificación oficial vigente de los interesados.
- Recibo de pago de derechos correspondiente.
- Tratándose de extranjeros, deberá presentar certificación de su legal estancia en el país expedida por la Secretaría de Gobernación, y que sus condiciones y calidad migratoria les permita realizar el divorcio administrativo.
Según el Artículo 216 los servicios dados por el Registro Civil se pagará $400 en función de derechos conforme a las cuotas establecidas.
- V- Por el divorcio a que se refiere el artículo 272 del Código Civil para el Distrito Federal.- $980.00
Los lugares en donde se puede realizar el divorcio administrativo son los siguientes.
- Oficina Central del Registro Civil de la Ciudad de México.
- Arcos de Belén No. 19 esq. Dr. Andrade Col. Doctores Del. Cuauhtémoc C.P. 06720 México, D.F.
- Atención de lunes a viernes de 8:00 a 14:00 horas
- Teléfono: 55 78 71 40 y 57 09 30 61.
- En todos los Juzgados del Registro Civil del Distrito Federal de 8:00 a 15:00 horas
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