{"id":4476,"date":"2024-03-08T17:27:54","date_gmt":"2024-03-08T17:27:54","guid":{"rendered":"https:\/\/www.blogrenta.com\/?p=4476"},"modified":"2024-03-08T17:27:54","modified_gmt":"2024-03-08T17:27:54","slug":"casilla-71","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/www.renovarpapeles.com\/renta\/casilla-71\/","title":{"rendered":"Casilla 71: Vivienda en la que, en los casos de separaci\u00f3n o divorcio, residen hijos y\/o el exc\u00f3nyuge. Inmueble"},"content":{"rendered":"<section id=\"c1\"><\/p><!-- \/wp:post-content --><!-- wp:heading --><h2 class=\"wp-block-heading\">Casilla 71: La vivienda familiar en casos de separaci\u00f3n o divorcio<\/h2><!-- \/wp:heading --><!-- wp:paragraph --><p>Cuando una pareja decide separarse o divorciarse, una de las mayores preocupaciones que surgen es la situaci\u00f3n de la vivienda familiar. En la mayor\u00eda de los casos, esta propiedad es el bien m\u00e1s importante y el que m\u00e1s debate genera entre ambas partes.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>La casilla 71 de la declaraci\u00f3n de la renta hace referencia a la vivienda en la que residen hijos y\/o el exc\u00f3nyuge en casos de separaci\u00f3n o divorcio. Es un punto clave a tener en cuenta en la declaraci\u00f3n de la renta, ya que puede afectar significativamente a la situaci\u00f3n econ\u00f3mica de ambas partes.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>Antes de profundizar en la casilla 71, es importante tener en cuenta que existen diferentes tipos de separaci\u00f3n o divorcio en Espa\u00f1a. En primer lugar, est\u00e1 la separaci\u00f3n de mutuo acuerdo, en la que ambas partes acuerdan c\u00f3mo se repartir\u00e1n los bienes en com\u00fan y el uso de la vivienda familiar. Por otro lado, tenemos la separaci\u00f3n contenciosa, en la que una de las partes no est\u00e1 de acuerdo con la separaci\u00f3n y es un juez quien decide c\u00f3mo se repartir\u00e1n los bienes y qui\u00e9n usar\u00e1 la vivienda familiar.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En el caso del divorcio, tambi\u00e9n puede ser de mutuo acuerdo o contencioso pero, adem\u00e1s, existe la posibilidad de divorcio express, una modalidad m\u00e1s r\u00e1pida y sencilla en la que ambas partes llegan a un acuerdo sin necesidad de pasar por un juicio.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p><\/section><\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:heading --><h2 class=\"wp-block-heading\">Entendiendo la casilla 71<\/h2><!-- \/wp:heading --><!-- wp:paragraph --><p>La casilla 71 aparece en la declaraci\u00f3n de la renta cuando una de las partes ha declarado un tipo de separaci\u00f3n o divorcio en el que hay una vivienda familiar en com\u00fan y esta es utilizada por hijos menores o por el exc\u00f3nyuge. En este caso, el contribuyente puede deducir un porcentaje de los gastos derivados de la vivienda en su declaraci\u00f3n.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>Es importante tener en cuenta que, en este caso, s\u00f3lo se considera vivienda familiar aquella en la que conviven los hijos menores o el exc\u00f3nyuge, no se incluye la vivienda en la que reside una de las partes en solitario.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En cuanto a los gastos que son deducibles en la casilla 71, podemos encontrar el pago de la hipoteca, el alquiler, los gastos de comunidad, el IBI o el seguro de la vivienda. Sin embargo, no todos estos gastos son deducibles en su totalidad.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En primer lugar, respecto al pago de la hipoteca, s\u00f3lo ser\u00e1 deducible el porcentaje correspondiente al uso de la vivienda por parte del exc\u00f3nyuge o de los hijos. Es decir, si el ex c\u00f3nyuge utiliza un 40% de la vivienda, s\u00f3lo podr\u00e1 deducir el 40% del importe de la cuota hipotecaria.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En cuanto al alquiler, s\u00f3lo puede ser deducible si existen hijos menores o un exc\u00f3nyuge que viva en la vivienda y el contribuyente es el arrendatario. En este caso, se puede deducir el importe total del alquiler en la casilla 71.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En cuanto a los gastos de comunidad, tambi\u00e9n se pueden deducir en la casilla 71 en el porcentaje correspondiente al uso de la vivienda por parte del exc\u00f3nyuge o de los hijos.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En el caso del IBI, igual que en el pago de la hipoteca, s\u00f3lo se podr\u00e1 deducir el porcentaje correspondiente al uso de la vivienda en com\u00fan. El mismo criterio se aplica al seguro de la vivienda, s\u00f3lo ser\u00e1n deducibles aquellos gastos correspondientes al porcentaje de uso de la vivienda.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p><\/section><\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:heading --><h2 class=\"wp-block-heading\">Repercusiones fiscales de la casilla 71 en la declaraci\u00f3n de la renta<\/h2><!-- \/wp:heading --><!-- wp:paragraph --><p>La casilla 71 puede tener un impacto importante en la declaraci\u00f3n de la renta, tanto para el contribuyente como para el ex c\u00f3nyuge. En primer lugar, hay que tener en cuenta que si una de las partes ha adquirido la vivienda familiar en com\u00fan, la otra parte deber\u00e1 renunciar a su parte en la misma y, por lo tanto, en la deducci\u00f3n de la casilla 71.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En segundo lugar, es importante tener claro que la vivienda en com\u00fan sigue siendo propiedad de ambos ex c\u00f3nyuges, por lo que puede ser necesario acordar en el convenio regulador qui\u00e9n se encargar\u00e1 de pagar los gastos de la misma hasta que se resuelva la situaci\u00f3n definitivamente. En caso de que no exista acuerdo y sea el juez quien decida, esto puede retrasar y complicar el proceso de la separaci\u00f3n o el divorcio.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p><\/section><\/p><!-- \/wp:paragraph --><section id=\"c4\"><\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:heading --><h2 class=\"wp-block-heading\">Potenciales problemas en la casilla 71 de la declaraci\u00f3n de la renta<\/h2><!-- \/wp:heading --><!-- wp:paragraph --><p>Aunque la casilla 71 parece clara y sencilla, en muchos casos puede generar problemas y controversias. Por un lado, puede darse la situaci\u00f3n en la que ambos ex c\u00f3nyuges est\u00e9n empadronados en la vivienda familiar, pero en realidad s\u00f3lo vive uno de ellos en la misma. En este caso, el otro c\u00f3nyuge no podr\u00eda deducir gastos de la vivienda en la casilla 71.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>Otra situaci\u00f3n en la que pueden surgir conflictos es cuando uno de los ex c\u00f3nyuges ha dejado de pagar su parte de la hipoteca o los gastos de la vivienda, lo que puede generar problemas para el otro c\u00f3nyuge que s\u00ed sigue pagando e incluso puede llevar a una situaci\u00f3n de embargo de la vivienda.<\/p><!-- \/wp:paragraph --><\/p><!-- \/wp:paragraph --><!-- wp:paragraph --><p>En conclusi\u00f3n, la casilla 71 es un aspecto importante a tener en cuenta en la declaraci\u00f3n de la renta en casos de separaci\u00f3n o divorcio. Es necesario tener en cuenta las diferentes modalidades de separaci\u00f3n y divorcio, los gastos deducibles y c\u00f3mo afecta a ambas partes. En caso de dudas o problemas, es recomendable consultar con un profesional para asegurar que se realiza correctamente la declaraci\u00f3n. <\/p><!-- \/wp:paragraph --><\/p><!-- \/wp:paragraph --><\/section><\/p><!-- \/wp:paragraph -->","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Casilla 71: La vivienda familiar en casos de separaci\u00f3n o divorcio Cuando una pareja decide separarse o divorciarse, una de las mayores preocupaciones que surgen es la situaci\u00f3n de la vivienda familiar. En la mayor\u00eda de los casos, esta propiedad es el bien m\u00e1s importante y el que m\u00e1s debate genera entre ambas partes. 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