Intereses Demora Año 2088
En este sentido, si existe una deuda tributaria que no ha sido liquidada para el año 2088, la Administración no podrá aplicar los intereses de demora correspondientes a dicho año, ya que se habrá superado el plazo establecido por ley. Sin embargo, en caso de existir un procedimiento administrativo o judicial en curso, este plazo se amplía hasta la resolución definitiva del mismo.
