Régimen opcional de tributación por el IRPF de Contribuyentes residente en otros estados miembros de la Unión Europea

La Agencia Tributaria permite un Régimen opcional de tributación por el IRPF de contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea, para realizar la Declaración de la Renta.

Régimen opcional de tributación por el IRPF de contribuyentes residentes en otros Estados miembros de la Unión Europea

Pueden solicitar la aplicación del régimen opcional de tributación por el IRPF los contribuyentes por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes que sean personas físicas y que cumplan las siguientes condiciones:

  • Que acrediten ser residentes en un Estado miembro de la Unión Europea.
  • Que el contribuyente acredite que, al menos, el 75 por 100 de la totalidad de la renta obtenida por él en el período impositivo esté constituido por la suma de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas obtenidos durante el mismo en territorio español.
  • Que las rentas obtenidas en territorio español a que se refiere la letra b) anterior hayan tributado efectivamente durante el período por el Impuesto sobre la Renta de no Residentes.

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