Permiso de Residencia Permanente en España

El Ministerio del Interior nos expone de forma breve los Permisos de Residencia Permanente.

Permisos de Residencia Permanente

Tendrán derecho a obtener permiso de residencia permanente los extranjeros que acrediten haber residido legalmente y de forma continuada en el territorio español durante cinco años, no afectando a dicha continuidad, siempre que las salidas correspondientes no se hayan realizado de forma irregular:

  • Las ausencias por períodos de vacaciones.
  • Las ausencias de hasta seis meses, siempre que sumadas no superen un total de un año.
  • Las ausencias, debidamente justificadas, realizadas por motivos familiares o de asistencia sanitaria.

Casos Especiales

El permiso de residencia permanente también se concederá a los extranjeros que acrediten que se encuentran en cualquiera de los siguientes supuestos:

  1. Residentes que sean beneficiarios de una pensión de jubilación, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social.
  2. Residentes que sean beneficiarios de una pensión de incapacidad permanente absoluta o gran invalidez, en su modalidad contributiva, incluida dentro de la acción protectora del sistema de la Seguridad Social o de prestaciones análogas a las anteriores obtenidas en España y consistentes en una renta vitalicia, no capitalizable, suficiente para su sostenimiento.
  3. Que hayan nacido en España y al llegar a la mayoría de edad acrediten haber residido en España de forma legal y continuada durante, al menos, los tres años consecutivos inmediatamente anteriores a la solicitud.
  4. Que hayan sido españoles de origen, habiendo perdido la nacionalidad española.
  5. Que al llegar a la mayoría de edad hayan estado bajo la tutela de una Entidad Pública española durante al menos los tres años consecutivos inmediatamente anteriores.
  6. Apátridas o refugiados que se encuentren en territorio español y a quienes se les haya reconocido el respectivo estatuto en España.
  7. Extranjeros que hayan contribuido de forma notoria al progreso económico, científico o cultural de España, o a la proyección de España en el exterior.

El titular del permiso de residencia permanente estará obligado a renovar la tarjeta que documenta el mismo cada cinco años.

Enlace | Permisos de Residencia Permanente



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