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Incapacidad Permanente

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La Incapacidad Permanente es una situación en la que una persona no puede trabajar de forma total y permanente debido a una enfermedad o lesión, y por lo tanto, queda impedida para realizar cualquier tipo de actividad laboral. Esta situación puede ser causada por enfermedades comunes, accidentes laborales, enfermedades profesionales o por lesiones adquiridas durante el desempeño de un trabajo.

La Incapacidad Permanente puede ser parcial o total, dependiendo del grado de limitación que tenga la persona en su capacidad laboral. En el caso de la incapacidad permanente total, el trabajador no podrá realizar su trabajo habitual ni ningún otro que le permita ganar un salario similar al que obtenía antes de la enfermedad o lesión. Mientras que en la incapacidad permanente parcial, el trabajador sí puede realizar su trabajo habitual, pero con ciertas limitaciones y puede percibir una pensión por la diferencia entre su antiguo salario y el que pueda obtener en su nueva ocupación. En ambos casos, es necesario solicitar una evaluación y tramitar una pensión de incapacidad permanente ante la autoridad correspondiente.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración (MTIN) , nos explica la Incapacidad Permanente, a fin y efecto de poner en conocimiento de trabajadores y empresarios esta importante figura laboral.

 

 

Incapacidad Permanente :

Se entiende por Incapacidad permanente la situación del trabajador que, después de haber estado sometido al tratamiento prescrito y de haber sido dado de alta médicamente, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, susceptibles de determinación objetiva y previsiblemente definitivas, que disminuyan o anulen su capacidad laboral, dando lugar a distintos grados de incapacidad.

Grados de incapacidad

Están en función de las reducciones anatómicas o funcionales sufridas por los trabajadores, siempre que disminuyan o anulen su capacidad laboral.

  • Incapacidad permanente parcial para la profesión habitual.
  • Incapacidad permanente total para la profesión habitual.
  • Incapacidad permanente absoluta para todo trabajo.
  • Gran invalidez.

Enlace | Incapacidad Permanente



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3 comentarios

  1. Hola,estoy en la actualidad con inc. perm. total y mis patologias se han agrabado,algunas de ellas se han quedado como cronicas.
    Para solicitar la incapacidad permanente absoluta ,debo hacerlo pidiendo
    yo mismo una revision de incapacidad perm. total o dirigirme a un abogado.

    Muchas gracias y un saludo

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