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Impuesto a la publicidad visual exterior en Colombia

El impuesto a la publicidad visual exterior es la declaración y pago del impuesto por instalación o exhibición de todo tipo de publicidad visual en el exterior.

El impuesto a la publicidad visual también afecta a un medio masivo de comunicación destinado a informar o captar la atención del público mediante elementos visuales del tipo

leyendas, inscripciones, dibujos, fotografías, signos o similares, visibles desde las vías de uso o dominio público, ya sean sean peatonales o vehiculares, terrestres, fluviales, marítimas o aéreas.

1. Qué requisitos o documentos se necesitan para realizar el trámite

La documentación que se necesita para el impuesto a la publicidad visual exterior es la siguiente.

  • Carta de solicitud en Original y  una Copia. La carta debe contener el texto del aviso, autorización del propietario del predio, lugar y fecha de instalación, nombres y apellidos, número de la cédula de ciudadanía o extranjería, dirección del solicitantes, material a emplear, numero de vayas y la dirección correcta y exacta de la instalación.

Se necesitará la verificación del concepto de uso de sueldo que expide la secretaría de planeación.

En caso de establecimientos comerciales se deberá dar las siguientes verificaciones.

  • Verificación: Estar registrado correctamente como contribuyente del impuesto de industria y comercio y su complementario de avisos y tableros
  • Verificación: Estar en paz y salvo con los impuestos del municipio

El resultado de este trámite es la declaración de impuesto con sello cancelado, el trámite tiene un tiempo de aproximadamente 7 días hábiles.

El coste de la publicidad visual.

  • Publicidad entre ocho  hasta veinticuatro  mt2 por mes o fracción mes: 462,000.00 Pesos $
  • Publicidad de mas de veinticuatro mt2 hasta cuarenta ocho mt2 por mes o fracción mes: 523,600.00 Pesos $
  • Vallas entre ocho y veinticuatro  o superior hasta cuarenta ocho 48 mt2 por semestre:

Para radicar los documentos el canal de atención necesario es la secretaría del interior.

2. Métodos para realizar el seguimiento como usuario

Los siguientes métodos están destinados únicamente a los usuarios.

  • Alcaldía Municipal de San Gil: Calle 22 No 9-32 Centro Provincial de Convivencia y cultura San Gil-Santander | 320-4988233
  • Telefónico: Con horario de 8:00 a.m. a 11:00 a.m. y 2:00 p.m. a 4:30 p.m. deberá llamar al 7244958.
  • Correo: interior@sangil.gov.co
  • Presencial: Alcaldía de San Gil, San Gil Santander 8:00 A.M. A 12:00 M. Y 2:00 P.M. A 6:00 P.M. CL 12 # 9 – 51 con el teléfono  7243400

Enlace | Impuesto a la publicidad visual exterior en Colombia

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